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Mostrando entradas de octubre, 2017

ÉTICA Y POSITIVISMO JURÍDICO

La voz Derecho es un concepto equivoco, sin embargo, cuando es objeto de estudio de la filosofía o la ciencia jurídica siempre hará referencia al fenómeno social —como una compleja técnica de control social— condicionado por la experiencia. Al fenómeno así descrito también se le conoce como derecho positivo. Norberto Bobbio distingue que el concepto de positivismo jurídico tiene tres acepciones: a) como metodología, que considera que la norma no necesariamente debe tener un contenido moral; b) como ideología, que reconoce una obligación moral de obedecer la norma por el sólo hecho de ser norma; y c) como teoría, las hipótesis y proposiciones que sobre las normas jurídicas se construyen, usualmente en cuanto a las fuentes del derecho o en cuanto a sus atributos como un sistema de reglas. Pues bien, durante mucho tiempo el positivismo como ideología ha generado abusos y excesos difícilmente justificables, que han llevado al uso despectivo de dicha voz. Para superar esta co

¿QUÉ SON LOS DERECHOS HUMANOS? (AA10)

La idea moderna de derechos humanos surge en Francia con la Declaración de los derechos del hombre y del ciudadano de 1789. Documento que cristaliza algunos de los anhelos de la ilustración y la lucha contra el totalitarismo. Desde esta perspectiva los derechos humanos tienen las siguientes características: formales, porque fueron escritos y reconocidos así por el Estado; públicos, en tanto que son exigibles al Estado; subjetivos, porque facultan a la persona para ejercerlos; civiles, que son propios de la ciudadanía; y políticos, que se reservan al elector. Pues bien, esta idea confunde derechos humanos con derechos públicos subjetivos. Si bien ambos son de naturaleza normativa, los derechos públicos subjetivos son reglas y los derechos humanos principios. Esta diferencia no es sólo terminológica, pues entraña cuestiones mucho más complejas. Por ejemplo, mientras que los derechos humanos son imprescriptibles, es decir, se pueden exigir en todo momento, los derechos público

INDEPENDENCIA Y JUSTICIA CORDIAL

Durante muchos siglos la corona española extendió sus brazos por todo el orbe, llegó a ocupar territorios en todos los continentes con excepción de la Antártida. Con los movimientos independentistas del siglo XIX perdió el control de una gran porción de sus antiguos territorios. Los nuevos Estados, cual recién paridos, pagaron el precio de su libertad con sangre. No menos lo fue el que los españoles pagaron por resistir al separatismo. Ya en el siglo XXI podía pensarse que los territorios conquistados y colonizados antaño por España —y que no se independizaron— se hubieran fundido y consolidado en una unidad territorial. Nada más alejado de la realidad, la prueba irrefutable se halla en las pretensiones independentistas de Cataluña. Esto es un tema tan delicado que debe abordarse con prudencia y siempre tener en cuenta que ambos frentes tienen mucho que perder y hasta cierto punto legitimidad para conducirse en la forma en que lo hacen. El reto está en resolver el conflicto de m

¿NECESITAMOS UNA NUEVA CONSTITUCIÓN?

Previo a abordar la cuestión, es necesario precisar que por Constitución entendemos «la forma en que se encuentra distribuido el poder dentro de toda Unidad Política y en razón de aquella distribución se determina la manera en que habrá de ser ejercido. Es decidida por el Soberano y es el fundamento de validez del Sistema Jurídico » . En esta idea de Constitución es claro que no es una norma jurídica sino una realidad política, producto de las relaciones que entre los factores reales de poder suceden. Luego entonces ¿qué es la «la hoja de papel» que conocemos como Constitución? A eso el Dr. Miguel Covián le ha denominado normas constitucionales . Digamos, de forma muy burda, que las normas constitucionales son la selfie del poder. Es decir, tienen que reflejar la verdadera esencia del poder y no otra, de lo contrario su sentido normativo perdería validez, en razón de que los destinatarios de la norma no la reconocerían y en consecuencia tolerarían su inobservancia. Ahora bien